La Asociación de la Prensa de Jerez tiene estatutos, en vigor. Me ha llamado la atención uno, en especial, gracias a varias llamadas telefónicas recibidas esta misma tarde.
Artículo 13º.- Los socios causarán baja de la Asociación:
...b) Por falta de pago injustificado de seis meses de cuota.
¿Es verdad que un moroso expulsado por acuerdo firme de la junta directiva de la APJ votó en las elecciones celebradas ayer? Sería un voto nulo, pero como ahora resulta difícil saber a quién votó esa persona, no habría más remedio que adoptar una grave decisión. La comisión pemanente, integrada por la presidenta en funciones, Eva Nicasio (directora de Viva Jerez), el vicepresidente, Esteban Fernández (jefe de Onda Jerez Radio) y la secretaria, Isabel Noci (redactora de Canal Sur), no tendrá dudas, estoy seguro, de que la ley, los estatutos de la APJ, han de cumplirse a rajatabla. No lo dudo. Son gente honesta y conocen perfectamente el funcionamiento de nuestra querida asociación.
La junta directiva, en una reunión y tras innumerables avisos anteriores al compañero moroso, optó por acordar -como se había hecho en otros casos ya- su baja inmediata como asociado. Fue un voto unánime, sin fisuras, de todos los que formábamos parte de esta ejecutiva. Hay ocho testigos y un acta donde quedó todo reflejado. Y ha de cumplirse. Pero la cosa es más grave si se ha permitido que votara en las pasadas elecciones a la junta directiva.
De ser cierto todo (parece que lo es) vaya despiste más enorme de los máximos responsables de velar por el cumplimiento de las normas estatutarias y el desarrollo del proceso electoral. Pero son cosas que pasan. Hombre, la verdad es que ahora- de no actuarse al respecto- muchos compañeros que fueron expulsados -algunos creen que injustamente- por no pagar las cuotas podrían solicitar su reingreso inmediato con todos los derechos.
Estoy preocupado por todo esto como socio y ex miembro de la junta directiva de la APJ, porque creo que no puede haber excepción a las normas, y porque estamos en un Estado de Derecho. Mañana jueves se reúne la Comisión Permanente de la APJ, para estudiar las alegaciones y posiblemente este caso. El apartado G del artículo 11 de los estatutos vigentes de la APJ establece el derecho de cualquier socio a "impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos". Confiemos.