28 nov 2017

Transparencia en Conil

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía ha incluido en el Plan de actuaciones para 2016 un informe de fiscalización sobre el cumplimiento del principio de transparencia por los municipios de 20.000 a 50.000 habitantes. La transparencia es un principio general que debe presidir el funcionamiento de todas las Administraciones Públicas en su relación con los ciudadanos. Este principio se manifiesta en una doble vertiente, por un lado, la publicidad activa que exige que las Administraciones publiquen de forma periódica y actualizada la información que sea relevante para los ciudadanos y, por otro, el derecho de acceso a la información pública que permite a los ciudadanos obtener la información que obre en poder de las entidades públicas. Uno de los informes es el de CONIL...
El acceso al Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Conil de la Frontera se efectúa a través de un enlace de su página web (http://www.conildelafrontera.es/) que redirecciona al Portal de Gobierno Abierto de la Diputación de Cádiz donde está depositado el del ayuntamiento (http://gobiernoabierto.dipucadiz.es/catalogo-de-informacion-publica?entidadId=901).  También cuenta con una Sede Electrónica en la que están disponibles: a) el “tablón de anuncios”, que permite el acceso electrónico a todos los documentos publicados por el ayuntamiento, b) el apartado dedicado a “quejas y sugerencias” que posibilita a los ciudadanos presentar, a través de un correo electrónico, las iniciativas que considere convenientes y, por último, c) la publicación del calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de los plazos administrativos.

Incumplimientos normativos

Del análisis de los ítems establecidos en la normativa sobre transparencia se han puesto de manifiesto los siguientes incumplimientos:

- No se publican los datos del perfil y trayectoria profesional de las personas responsables de los diferentes órganos [art. 10.1.c) LTPA].

- Falta la publicación de las resoluciones de autorizaciones o reconocimiento de compatibilidad que afecte a los empleados públicos [art. 10.1.h) LTPA].

- No están accesibles las versiones iniciales de las ordenanzas o reglamentos locales, una vez aprobados por el Pleno de la Corporación [art. 13.1.c) LTPA].

- Faltan las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos normativos con ocasión de la publicidad de los mismos [art. 7.d) LTBG y art. 13.1.d) LTPA].

- No se publica una relación de los procedimientos en los que sea posible la participación de la ciudadanía mientras se encuentren en trámite ni se tiene acceso completo a la documentación [art. 14.c) LTPA].

- No están disponibles los informes de auditorías de cuentas y de fiscalización efectuados por los Órganos de control externo [art. 16.b) LTPA].

- Tampoco aparece en el Portal de Transparencia información sobre el gasto público realizado en campañas de publicidad institucional [art. 16.e) LTPA].

Ordenanza de transparencia

El Ayuntamiento de Conil de la Frontera aprobó definitivamente su Ordenanza municipal de transparencia, acceso a la información y reutilización el 29 de diciembre de 2015 (BOP nº 248) http://www.conildelafrontera.es/opencms/opencms/conildelafrontera/acuerdosynormativa/ordenanzas.html.

Dicha disposición está adaptada a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, pero, por el contrario, no menciona ni se ajusta a la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía ni a la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía[1]. En consecuencia, no contempla los requerimientos en materia de publicidad activa exigidos por tales disposiciones.

Recomendaciones

El ayuntamiento debe adaptar su Ordenanza de transparencia, acceso a la información y reutilización a la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y a la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía.

También debe proceder a la actualización de su inventario de bienes.

Se debe establecer la oportuna interrelación entre la información depositada en la página web del ayuntamiento y el portal de transparencia, de tal manera que en éste se publiquen todos los requerimientos establecidos por la normativa.

Se considera conveniente que la Entidad local incorpore la información necesaria sobre contratos al Portal de Gobierno Abierto de la Diputación de Cádiz para que los ciudadanos que lo deseen puedan disponer de información precisa sobre la actividad contractual del ayuntamiento.

Se debería elaborar anualmente una memoria que recoja el seguimiento del principio de transparencia en el municipio, como hacen otros ayuntamientos.


[1] La Ordenanza reproduce el modelo tipo aprobado por la Federación Española de Municipios y Provincias (Junta de Gobierno de la FEMP de 27 de mayo de 2014).