22 dic 2007
Un ratito por Cai, y el viejo diario, que se renueva en la red
La mala reputación
Admito que cuando he visto la foto de Paco Rosell y Javier Caraballo, sentados en el banquillo de los acusados, he sentido que era un verdadero aviso a navegantes. Y cuando supe (hay quien lo sabía desde 2005) que las cintas habían desaparecido del propio juzgado de la forma en que lo hicieron, lo que tuve fue un estremecimiento. ¿Miedo? Creo que en el periodismo hay que ser prudente pero valiente, y no tener miedo. Pero nunca ser un kamikaze. Aunque a veces termines entonando aquella canción que bordaba Paco Ibáñez: “Haga lo que haga es igual es igual, todo lo consideran mal, yo no pretendo pues hacer ningún daño, pretendiendo vivir fuera del rebaño, en mi pueblo, sin pretensión, tengo mala reputación…” Pero en nuestro pueblo ¿quién tiene mala reputación? ¿el que calla y otorga? ¿el que lucha, con los medios que tiene, por la verdad? El juez, en una sentencia que dará que hablar y pensar, advierte de que la información en la que mencionaban el falso espionaje "hay que considerarla veraz". Es más, que "los distintos medios de prueba determinan que se ha actuado con diligente búsqueda de la verdad, de buena fe y seriedad en la actuación profesional. Por lo que no hay intención de difamar". Un poco de sentido común es siempre bienvenido en esta vapuleada profesión y si viene de un juez, miel sobre hojuelas.
Los socialistas Chaves y Pizarro han elevado sus cuitas a los tribunales, en defensa de su legítimo derecho al honor y a la buena reputación. Pero ahora va y resulta que el Juzgado de lo Penal 3 ha absuelto a los dos periodistas Rosell y Caraballo porque “no es exigible en la noticia una absoluta certeza o acomodación a la verdad, sino sólo una actuación diligente”, que estos informadores cumplieron, y porque se trataba de “hechos de relevancia pública”. Toma del frasco. Espero que ahora se pronuncie abiertamente el presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones de la Prensa, Fernando Santiago.
El asunto de las cajas de ahorros en Andalucía –en las gloriosas etapas de Jaime Montaner y Magdalena Álvarez- estuvo plagado de claroscuros que, contados hoy, aún nos ponen los pelos de punta. Durante el turbulento proceso de fusión de la Caja de Jerez con la de San Fernando, fui víctima de una agresión que les dará idea del riesgo que corren los confiados periodistas cuando se meten en camisa de once varas. El entonces regidor de Jerez –hoy derrotado en las urnas- admitió que tres concejales de su partido exhibieran, en una sala de prensa abarrotada, una cinta que alguien había dejado en la conserjería de la puerta principal del Ayuntamiento.
La cinta contenía, ni más ni menos, que conversaciones privadas de quien suscribe y otro periodista más con un responsable de una asociación bancaria. Con total impunidad, los tres ediles difundieron la cinta de origen anónimo, vulnerando la Constitución, y en sede municipal, con medios públicos. Incluso desde el gabinete de prensa se facilitaron transcripciones. No pasó nada, excepto que del asunto de la fusión de la caja jerezana (que tiene para escribir tres tomos) pocos plumillas se atrevieron desde entonces a meterse en muchos más berenjenales.
Carta del Comité Mundial de Libertad de Prensa

Carta del Comité Mundial de Libertad de Prensa de felicitación al juez
Ilmo. Sr. Guerrero Suárez:
El Comité Mundial de Libertad de Prensa (http://www.wpfc.org/ ) —una organización que representa a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo— desea congratularle por su acertada decisión de absolver al director de la edición andaluza del periódico El Mundo, Francisco Rosell, y al jefe de redacción de ese diario, Javier Caraballo, en la causa de injurias graves con publicidad interpuesta contra ellos.
Su decisión significa una resonante victoria para la transparencia y gobernabilidad de las instituciones andaluzas, para la libertad de prensa nacional e internacional, y para la justicia en general.
Los demandantes, con el Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves González, a la cabeza, intentaron silenciar a un periódico que actuó profesional y éticamente simplemente por haber encontrado incómodo un artículo basado en hechos verídicos que desveló una supuesta trama de corrupción en los más altos niveles de la Junta de Andalucía. Asimismo, los demandantes exigieron multas e indemnizaciones exorbitantes que ascendían a unos dos millones de euros (unos 3 millones de dólares) que, de no pagarlas, los acusados se jugaban penas de prisión.
En nuestra carta del 6 de diciembre del corriente, dejamos claro que la querella constituía un atentado contra la libertad de prensa y los derechos fundamentales de los dos periodistas y, más importante, del mismo público. Los querellantes no sólo intentaron silenciar a los periodistas sentándolos en el banquillo de los acusados como a delincuentes comunes, sino que además trataron de negar al público su derecho inalienable de estar informado sobre temas de relevancia social.
Asimismo, indicamos que esos derechos fundamentales están consagrados en la Constitución española y en la jurisprudencia internacional de derechos humanos más relevante del mundo, incluidas la de la Corte Europea de Derechos Humanos —la cual el Estado español reconoce como vinculante— y las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.
La querella surgió a raíz de un artículo publicado por El Mundo en noviembre de 2001 sobre el supuesto espionaje del que era objeto Juan Manuel López Benjumea, el entonces presidente de una entidad de ahorro, supuestamente por rechazar la política bancaria de la Junta de Andalucía. El artículo reflejó que el Sr. López Benjumea contrató a un detective privado para averiguar quién ordenó este supuesto espionaje. Dicho detective al parecer logró filmar la confesión de uno de los participantes en el supuesto espionaje en la que, según el artículo, reveló que actuaba bajo órdenes del tres miembros de la Junta de Andalucía, incluido el Sr. Chaves. Se dio además la extraña circunstancia de que las dos copias de dicha filmación desaparecieron, una se extravió y la segunda fue robada de la oficina de los juzgados donde estaba en custodia.
Reiteramos de nuevo que tanto la jurisprudencia de la Corte Europea como las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU apoyan el concepto de que los funcionarios públicos deben esperar más, y no menos, escrutinio y críticas del resto de la sociedad. Esta aceptación, con más disposición que cualquier ciudadano normal de ser blanco de los dardos de la prensa, también implica que los funcionarios públicos deben cuidarse del uso de su poder para silenciar las críticas dirigidas a ellos.
Su correcta decisión está en concordancia con dichas entidades internacionales, las cuales declaran que las leyes penales de difamación y defensa del honor, en manos de funcionarios públicos, constituyen una potente herramienta de censura para escudarse del escrutinio de la prensa y del resto de la sociedad.
Una vez más nos hacemos eco de la jurisprudencia de derechos humanos internacional, la cual recomienda que todas las leyes que permiten el castigo penal por difamación, particularmente las que se aplican contra periodistas y los medios de comunicación, deben despenalizarse en todas las naciones en las que existan, incluida España. Asimismo, defienden que las multas e indemnizaciones impuestas en procesos, no ya penales, sino civiles deben aplicarse de manera sensata para no convertirlas en armas intimidatorias que impidan el necesario flujo de información en una sociedad democrática.
Ilmo. Sr. Guerrero Suárez, su decisión no sólo ha hecho justicia y liberado a los Sres. Rosell y Caraballo de un inadmisible ejemplo de abuso de autoridad e intento de silenciar a la prensa libre e independiente. También ha dado una memorable lección de ecuanimidad a los tribunales y cortes de todo el mundo en los cuales con demasiada frecuencia se pone a la prensa en el banquillo de los acusados.
Una buena noticia para la prensa libre

El director de EL MUNDO de Andalucía, Francisco Rosell, y el redactor jefe Javier Caraballo, han sido absueltos de todos los cargos en el proceso del presidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves. Los dos periodistas estaban acusados de un presunto delito de injurias, junto al detective Joaquín Corpas y al ex presidente de Caja San Fernando Juan Manuel López Benjumea, por la publicación en el diario EL MUNDO de una noticia sobre el espionaje a los presidentes de las cajas de ahorros sevillanas supuestamente ordenado por Manuel Chaves, el secretario de Organización del PSOE andaluz, Luis Pizarro; el ex presidente de la Diputación de Sevilla Miguel Angel Pino y el jefe de escoltas de Chaves, Juan Escámez. Rosell y Caraballo estaban imputados por publicar que estas cuatro personas estaban detrás de los seguimientos al ex presidente de Caja San Fernando, justo en medio de la que se llamó guerra de las cajas, cuando Benjumea estaba enfrentado a la Junta de Andalucía y al aparato del PSOE ante el proyecto del Gobierno andaluz de crear una caja única andaluza con sede en Málaga. La sentencia del Juzgado de lo Penal 3 absuelve a los dos periodistas de EL MUNDO procesados porque "no es exigible en la noticia una absoluta certeza o acomodación a la verdad, sino sólo una actuación diligente", que estos informadores cumplieron, y porque se trataba de "hechos de relevancia pública y sin ningún juicio de valor". El fallo considera además que la información publicada por EL MUNDO es "de interés para la comunidad", a la vez que "se confirma la veracidad de la misma".
En el escrito de la acusación conjunta que ejercieron Chaves y Luis Pizarro, secretario de Organización del PSOE de Andalucía, ambos acusaban abiertamente al ex presidente de la Caja San Fernando de "concebir, organizar y poner en ejecución", con la colaboración de EL MUNDO de Andalucía, un plan tendente a influir en las elecciones para elegir a la cúpula de la Caja.
Una acusación que queda completamente anulada después de demostrarse, tal y como recoge la sentencia, que la actuación periodística fue "correcta" al contrastar la información con todas las fuentes posibles, y demostrarse que las pruebas -tanto las conversaciones con Benjumea como con Corpas- tuvieron lugar. Por tanto, el delito de injurias no se cumple porque la información se declara veraz. Para Rosell la sentencia supone "el triunfo de la información, no sólo para EL MUNDO, sino para todo el periodismo". Tras conocer el fallo el director de EL MUNDO de Andalucía mostraba su alegría después de "seis años muy duros sufriendo en soledad". Rosell no ha querido dejar pasar la importancia que supone, no sólo para él y su compañero sino para todos los periodistas, que no se haya vulnerado el derecho a la información. "La querella de Chaves no era una denuncia para defender su honor sino un aviso para el periodismo", ha afirmado el director. Por su parte, Chaves y Pizarro han anunciado que recurrirán la setencia por la "profunda discrepancia" con el fallo, que persigue la "reposición del daño político y personal" causado por la "pública difusión de la grave y falsa imputación de haber ordenado el 'espionaje' de terceras personas" y no puede considerarse un "ataque a la libertad de expresión".
También absuelve al detective Joaquín Corpas y a Juan Manuel López Benjumea, entonces presidente de Caja San Fernando, del que considera acreditado que no era candidato a la reelección, como sostenía la acusación, y que "comenzó a sospechar que era objeto de seguimientos", luego no acreditados. Corpas fue el detective que realizó la grabación sonora en la que el supuesto espía confiesa que el jefe de escoltas de Chaves -a petición del presidente andaluz, del secretario de Organización del PSOE-A y del ex dirigente socialista y presidente de la Comisión de Control de la caja, Miguel Angel Pino le había ordenado seguir al ex presidente de la Caja San Fernando.
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