La foto que ilustra este comentario la hice esta misma tarde, veinte minutos antes de que fuese leído el veredicto del Caso Sanlúcar. El ex alcalde sanluqueño, Agustín Cuevas (dicen que aún está militando en el PSOE) pasa delante del ex edil del PP Manuel Ramírez 'Cunete', que mira por encima de él. No se han hablado ni una sola vez durante todo el juicio oral.
Por otra parte, el jurado consideró que el ex primer edil era "el mayor beneficiario" de que no saliera adelante la moción de censura puesta por el PP y PA en su contra en Sanlúcar de Barrameda. Además, señaló que "no realizó denuncia a pesar de declarar en la vista oral que había tenido conocimiento de los hechos". En cuanto al ex alcalde de Chipiona Luis Mario Aparcero, el jurado manifestó que "no hay testigos que acrediten su presencia en otro lugar a la hora de la reunión" que se produjo el lunes 18 de octubre de 1999 en el camping de Chipiona y en la que se habría gestado el caso.
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La agencia Europa Press ya ha difundido por toda España una sentencia ejemplar, que hará historia. El jurado popular del 'Caso Sanlúcar' declaró hoy culpable de los delitos de cohecho y tráfico de influencia al ex secretario de Organización del PSOE de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) Rafael García Raposo y al ex alcalde socialista Agustín Cuevas. Asimismo, declaró culpable de un delito de cohecho al ex alcalde socialista de Chipiona (Cádiz) Luis Mario Aparcero y a los empresarios Fernando Moreno Rodríguez, Fernando Moreno Ollero y Manuel Rodríguez Gálvez, mientras que el ex edil del PP Manuel Ramírez fue declarado no culpable y absuelto 'in voce' por el juez.
El jurado indicó que García Raposo denunció con posterioridad los hechos, así como que observó contradicciones con las declaraciones realizadas durante la vista oral por el entonces secretario provincial del PSOE, Francisco Vázquez Cañas. Asimismo, hicieron referencia a las "numerosas" llamadas recibidas del ex alcalde, Agustín Cuevas.
Por otra parte, el jurado consideró que el ex primer edil era "el mayor beneficiario" de que no saliera adelante la moción de censura puesta por el PP y PA en su contra en Sanlúcar de Barrameda. Además, señaló que "no realizó denuncia a pesar de declarar en la vista oral que había tenido conocimiento de los hechos". En cuanto al ex alcalde de Chipiona Luis Mario Aparcero, el jurado manifestó que "no hay testigos que acrediten su presencia en otro lugar a la hora de la reunión" que se produjo el lunes 18 de octubre de 1999 en el camping de Chipiona y en la que se habría gestado el caso.
En cuanto a los empresarios, el jurado los consideró culpables de cohecho, entre otros hechos probados, por las llamadas realizadas y por la "participación económica". Por su parte, el ex edil del PP en Chipiona Manuel Ramírez fue declarado no culpable porque "fue el primero en denunciar los hechos" y porque, según la propia juez que estaba de guardia cuando presentó la denuncia, "actuó con diligencia".
Finalmente, el jurado consideró como no favorable la suspensión de condena y el indulto para ninguno de los imputados, a pesar de las peticiones realizadas en su momento por los diferentes letrados. Manuel Ramírez, el ex edil del PP, manifestó a la salida de la Audiencia Provincial de Cádiz estar "muy contento porque siempre he dicho la verdad". "Era muy doloroso y muy lamentable que se aproveche de la política para estos actos", afirmó Ramírez, que añadió que "espero que esto sirva para evitar otros actos delictivos en política y que sirva de precedente".