El Tribunal Supremo declara la nulidad del dragado del canal del Puerto de Sevilla, en el río Guadalquivir. La sentencia de la sección 4 de la Sala de lo contencioso estima parcialmente el recurso que presentó la asociación ecologista " www- adena" contra el Real Decreto 355/2013 de 17 de mayo por el que se aprobó el Plan Hidrológico del Guadalquivir. También se declara la nulidad de la calificación de dicha obra de dragado como " medida complementaria".