27 jul 2009

Chaves: ética, estética y prudencia


No he entrado mucho en el caso Matsa porque no termino de verlo claro, es la pura verdad. Y cuando uno no tiene las cosas suficientemente claras lo mejor es optar por la prudencia momentánea, que no es lo mismo que acatar el consignazo de turno o subirse a una ola de resentidos por mucho que aireen la historia con apoyos políticos. Pues bien, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra el vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, al no encontrar indicios de tráfico de influencias ni de prevaricación, según la agencia EP. Esto complica el asunto mucho, políticamente.
La Fiscalía Superior andaluza remitió a la Fiscalía del TS la denuncia que el sindicato ultraderechista Manos Limpias presentó ante este organismo contra Chaves por ratificar cuando era presidente de la Junta de Andalucía una subvención a la empresa en la que trabaja su hija, al ser el denunciado aforado. Además de esta denuncia, el PP también ha presentado en el Tribunal Supremo una querella contra Chaves por los mismos hechos.
Tras examinar la documentación de la tramitación administrativa de las subvenciones otorgadas por la Junta de Andalucía a la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa), de la que la hija de Chaves es apoderada, el teniente fiscal del TS, Juan José Martín-Casallo, ha dictado un decreto por el que establece el archivo de las actuaciones, según informa la Fiscalía General del Estado.
En dicha denuncia Manos Limpias acusaba el ex presidente de la Junta de Andalucía de cometer un supuesto delito de tráfico de influencias por participar en el Consejo de Gobierno que concedió incentivos a la citada empresa. En el decreto dictado el pasado 24 de julio el teniente fiscal del TS acuerda el archivo de las diligencias, ya que no encuentra indicios de tráfico de influencias en la actuación de Chaves puesto que "en dicha tramitación nunca actuó influyendo sobre un tercero, funcionario público o autoridad".

No ve indicicios de prevaricación
Igualmente, señala que tampoco aparecen elementos típicos del delito de prevaricación, ya que "se cumplieron todos los trámites legalmente establecidos para dictar la resolución". Además, "en todo caso -según el fiscal del TS- el acuerdo de la Junta de Andalucía no fue para conceder el incentivo, sino para ratificar una concesión anteriormente aprobada por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa".