6 nov 2009

¿El PSOE quiere controlar el uso de internet por sus militantes?

Ni quito ni pongo coma, analizad este protocolo y luego opinad...
Protocolo sobre el uso de internet por parte del PSOE

PRESENTACIÓN

Internet, al mismo tiempo que ha cambiado la forma de actuar y comunicarse de millones de personas en el mundo, ha cambiado también la forma en la que los partidos políticos desempeñan su actividad. Los y las militantes del PSOE han entendido enseguida esos cambios y han sido los primeros en llevar los valores y los mensajes progresistas a todas partes gracias a la red. Se trata de una labor que merece ser reconocida, asumida y potenciada.

Un nuevo espacio público como el que representa la red de redes implica nuevas situaciones que es necesario ordenar a fin de garantizar la transparencia, la confiabilidad, la unidad del mensaje y, en definitiva, la presencia del PSOE en internet.

Con el fin de garantizar estos aspectos nace este Protocolo sobre el uso de internet por parte del PSOE.

CAPITULO I. LA PRESENCIA DEL PSOE EN INTERNET

- Los emblemas del PSOE recogidos en el artículo 2 de los Estatutos Federales, así como cualquier otro que sea adoptado temporal o permanentemente por los órganos federales del Partido, sólo pueden ser utilizados por la Comisión Ejecutiva Federal.

- Corresponde únicamente a la Comisión Ejecutiva Federal la creación de espacios institucionales en internet y la actuación en este ámbito, en nombre del Partido Socialista Obrero Español.

- Los afiliados y afiliadas no podrán utilizar en la denominación o identificación de sus espacios personales o colectivos, los emblemas, símbolos, siglas o denominación del Partido en cualquiera de sus ámbitos, ni aquellos que puedan inducir a confusión con los espacios institucionales del Partido en internet.

- Lo dispuesto en este protocolo para la Comisión Ejecutiva Federal será igualmente aplicable a las Comisiones Ejecutivas de las Agrupaciones de Distrito, Municipales, Insulares y/o Provinciales, de los Partidos o Federaciones de Nacionalidad y Región en sus distintos ámbitos de actuación.

CAPITULO II. DE LA ACTIVIDAD DE AFILIADOS Y AFILIADAS

- La actividad en internet de afiliados y afiliadas está sujeta a los Estatutos y al Reglamento de los Afiliados y Afiliadas, así como cualquier otra disposición que pudiera resultar de aplicación.

- Los afiliados y afiliadas que realicen labores de militancia en internet no varían por esta circunstancia la adscripción a los órganos del partido que les corresponda de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos del PSOE.

- En su actividad pública en internet, los afiliados y afiliadas, participan de acuerdo con los derechos y deberes establecidos en los Estatutos y reglamentos federales del Partido.

- La aplicación de los mismos debe atender a la naturaleza del medio que supone internet.

- Así, el derecho a la discusión y crítica sobre posiciones políticas propias y ajenas y el derecho a reali8zar manifestaciones públicas, juicios de valor y expresión de opiniones, deberán ejercerse en los términos expresados en el artículo 28 del Reglamento de Afiliados y Afiliadas.


CAPITULO III. DE LA ACTIVIDAD DE LOS ÓRGANOS DEL PARTIDO

- La iniciativa de crear espacios en internet del Partido recae únicamente en las correspondientes Comisiones Ejecutivas o en quien éstas deleguen en debida forma.

- Las Comisiones Ejecutivas, en todos sus niveles territoriales velarán por garantizar la imagen corporativa del PSOE, también la red.

- Los afiliados y afiliadas que ostenten los datos de acceso a espacios en internet que, de acuerdo con este Protocolo, corresponden ser administrados por las Secretarías de Organización de Agrupaciones de Distrito, Municipales, Insulares y/o Provinciales, de los Partidos o Federaciones de Nacionalidad y Región así como la Secretaría Federal de Organización, comunicarán dichos datos de acceso a las respectivas Secretarías de Organización en un plazo máximo de siete días desde la entrada en vigor de este Protocolo.

La no entrega de datos de acceso por parte de un afiliado o afiliada conllevará la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en el Reglamento de los Afiliados y Afiliadas.