Durante 2017 se registraron oficialmente en esta provincia 442 nuevas asociaciones, mientras que se disolvieron 49, tal como refleja el balance de este servicio de la Junta, que, además de tramitar las inscripciones, se ocupa de otros procedimientos, como la modificación de los estatutos de las entidades, el registro de órganos de representación, cambios de sede social, integración en una federación o extinción de la actividad. La mayoría de las asociaciones registradas en esta provincia pertenecen al ámbito de la cultura, las ciencias, las artes y las letras (3.218), seguidas de las vecinales (1.683), las recreativas (1.355) y las deportivas (1.159).
En cuanto a las entidades inscritas durante 2017, la estadística del Registro de la Junta refleja que la mayoría son del ámbito de las de cultura, ciencias, artes y letras (81), seguidas de las de acción social (67), deportivas (48), recreativas (39) y las de naturaleza y medio ambiente (37). Respecto al ámbito geográfico de las asociaciones inscritas en esta provincia durante el pasado año, 212 son de ámbito regional, 114 local, 96 provincial y 20 comarcal.
Objetivo de la inscripción
El Registro de Asociaciones de Andalucía tiene por objeto la inscripción de todos los colectivos, federaciones y confederaciones que no tengan fin de lucro, constituidos al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006 de 23 de junio de Asociaciones de Andalucía, que desarrollen sus actividades y tengan establecido su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, con exclusión de aquellas modalidades específicas reguladas por leyes especiales (confesiones religiosas, partidos políticos, organizaciones empresariales, profesionales, comunidades de bienes o de propietarios, cooperativas o agrupaciones de interés económico o mercantil).
Los registros están ubicados en cada Delegación del Gobierno de la Junta, donde se puede obtener información, asesoramiento y presentar la solicitud de inscripción, así como realizar el resto de modificaciones durante la trayectoria de la asociación. Se trata de un registro público, ya que cualquier persona puede consultar su contenido en la base de datos de la web de la Consejería Justicia e Interior (http://lajunta.es/15i2f) o bien directamente en cada unidad registral.
Como requisitos básicos para poder constituir una asociación se debe contar al menos con tres socios con plena capacidad de obrar, levantar un acta fundacional y aprobar en asamblea unos estatutos, que son la norma de funcionamiento de la organización. Además, no se necesita autorización previa para constituirla y sólo se prohíben las secretas y las de carácter paramilitar o que atenten contra los principios constitucionales.
Las asociaciones desempeñan un papel fundamental para el impulso del ejercicio activo de ciudadanía y la consolidación de un sistema democrático avanzado, con el impulso de valores esenciales para la convivencia, como la solidaridad y la tolerancia.