18 jul 2006

Vertedero en Trebujena ¿lo sabe Juan Román?



Acuso recibo de una noticia que me parece interesante, sobre todo porque seguro que más de uno ha visto una columna de humo de vez en cuando entre Sanlúcar y Trebujena. La noticia me la envía, con fotos, Ecologistas en Acción desde Sanlúcar de Barrameda:

La existencia del vertedero se confirma hace años, pero ha sido en losúltimos meses, tras el sellado del Vertedero ilegal de Sanlúcar situadoen la loma de Maina, cuando ha alcanzado una dimensión peligrosa. El pasado domingo, sobre las 8,30 de la mañana, desde la colonia agrícola de Monte Algaida se podía ver una enorme humareda negra procedente de algún lugar del vecino término municipal de Trebujena.

Efectivamente a pocos metros del punto kilométrico número 45, de la carretera nacional A-471, existe un vertedero ilegal ubicado en el mismo término de Trebujena el cual estaba ardiendo. Aunque no sabemos las causas que pudieron provocar este foco de incendio, fue al cabo de las dos horas de quema deproductos altamente tóxicos y contaminantes, concretamente las 10’28 de la mañana, cuando efectivos de la Benemérita y el Cuerpo de Bomberos lograron sofocar el fuego. Sin embargo, a consecuencia de los fuertes vientos de levante y las altas temperaturas, unas tres horas después,sobre la 13,30 horas, el fuego se reavivó y el vertedero volvió a arder.Ecologistas en Acción muestra su preocupación y exige a los organismos responsables, en este caso el Ayuntamiento de Trebujena, Mancomunidaddel Bajo Guadalquivir y la Delegación Provincial de la Consejería deMedio Ambiente, sin olvidar al Vicepresidente primero de Diputación,Juan Román, que elimine este vertedero ilegal de forma fulminante, yaque predecimos que en cuestión de pocos meses puede alcanzar dimensionespeligrosas, al igual que ha ocurrido con el vertedero de Sanlúcar.

Hasta el momento, el vertedero no cumple ninguno de los requisitos técnicos establecidos por El Real Decreto 1481/2001, por el que seregula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero: noestá vallado ni vigilado, el suelo no tiene revestimiento, no hay control sobre los residuos que se vierten, no se recogen loslixiviados, se mezclan residuos de todo tipo, incluyendo residuos peligrosos. El mencionado Real Decreto 148/2001 en su artículo 6, prohíbe taxativamente el depósito en vertedero de residuos que no hayan sido objeto de algún tratamiento previo.La Ley 10/ 1998, de Residuos establece en su articulo 12.2 la prohibición de abandonar verter o eliminar de forma incontrolada los residuos.

Igualmente establece que todo residuo potencialmentereciclable o valorizable deberá ser destinado a estos fines, evitando su eliminación en todos los casos posibles (art. 11.2).Para finalizar, la responsabilidad por los vertidos de los residuos corresponde (art. 33.1 Ley 10/1998) en este caso al gestor de losmismos, es el Ayuntamiento de Trebujena por ser el competente para la recogida y tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos (R.S.U.) y efectuar en los terrenos mencionados la eliminación de los residuos recogidos. La Ley autonómica 7/1994 de Protección Ambiental determina esta misma obligación de los Ayuntamientos sobre la gestión de los residuos y la responsabilidad que les afecta (artículo 43.2 y 3).

Sanlúcar a, 17 de julio de 2006P

Para más información, Ángel Barroso 650 185 993--
Ecologistas en Acción de SanlúcarCalle Reja, 3 (junto a la Plaza de Abastos)Apartado de correos 22111540 Sanlúcar de Barrameda (Cádiz)
Móvil: 686 287 738
Fax: 956 367 254
www.ecologistasenaccion.or
sanlucarsanlucar@ecologistasenaccion.org