2 jun 2011

La Fiscalía Anticorrupción irrumpe en el caso de los ERE y apunta a un diputado del PSOE

La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada ha elevado al Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, que investiga una posible trama de prejubilaciones fraudulentas incentivadas con fondos autonómicos, un nuevo escrito en el que reclama que sea recabada información en cuanto al "cargo, funciones e intervenciones" del actual diputado andaluz del PSOE Ramón Díaz en las subvenciones concedidas a la sociedad anónima laboral 'Saldauto' para su reestrucuración.

Lo sabía. El secretario general del PP andaluz, Antonio Sanz, puso de los nervios en su momento a los socialistas. Pocos días antes de que Díaz accediese al Parlamento, insinuó que estaba implicado en el caso y auguró que iba a ser el diputado "más breve" de la historia del Parlamento autonómico. Díaz había sido asesor de Guerrero en los años bajo investigación judicial. Al ser Díaz aforado, si la jueza decidiese imputarlo finalmente, su enjuiciamiento debería pasar al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y dejar el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla en el que está ahora.

(Se adjunta EN TEXTO AMPLIADO el texto completo del escrito de la Fiscalía Anticorrupción presentado hoy ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, por el que se solicita la práctica de nuevas diligencias)


FISCALIA ESPECIAL
CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA
  CRIMINALIDAD ORGANIZADA
     DELEGACIÓN DE SEVILLA



Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla
Diligencias Previas nº  174/2011


AL JUZGADO




            El Fiscal, en el seno de las presentes diligencias previas, considera de interés para el buen fin de la investigación y la necesaria concreción de la imputación, la práctica de las siguientes Diligencias:


Primero.-  Como antecedente es necesario recordar que mediante escritos de fechas 13 de Mayo y 20 de Mayo de 2011, El Fiscal ha interesado la práctica de una serie de diligencias que se consideraban necesarias para el debido esclarecimiento de los hechos investigados.
Asi en el escrito de fecha 13 de Mayo de 2011 se interesaba, entre otras diligencias:

Requerir tanto a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo como a la Agencia de Innovación y Desarrollo Tecnológico la aportación de diversos documentos e informes relativos a los Convenios firmados entre ambas.
Informe de la Agencia Tributaria sobre constancia o comunicación de los pagos realizados en general y en particular por una serie de personas que se relataban, asi como que remitiera información de las operaciones con terceros de una serie de empresas.

A la Tesorería General de la Seguridad Social para que remitiera hoja de vida laboral de empresa de una serie de sociedades vinculadas a los hechos.  

Asimismo se interesaba de manera expresa que se nombrara como auxilio judicial a Auditores de la Cámara de cuentas o en su defecto a Interventores de la Admón.. General del Estado, detallando el objeto mínimo de la pericial que se necesita


Posteriormente mediante escrito de fecha 20 de Mayo de 2011, tras destacar y criticar el envío de documentación realizado por la Junta de Andalucía en relación con los archivos digitales denominados “ERE JUNTA DE ANDALUCIA”, se pidieron igualmente una serie de diligencias derivadas del análisis de la carpeta remitida con la denominación “FCC-CESPA” , concretadas en dos folios en los que se requerían determinados informes  a la Secretaría General Técnica de la Consejería d Empleo, asi como también información sobre las pólizas suscritas a la entidad Vida Caixa, informe a la Agencia Tributaria sobre ingresos de las empresas Cespa S.A. y FCC medio ambiente asi como a la asociación empresarial ASELIP, informe a la Intervención General de la Junta de Andalucía sobre la fiscalización de los pagos, asi como que se oficiara a la unidad Adscrita para que investigase  la participación de las personas mencionadas en la documental aportada. 

Segundo.- Por la Instructora se ha dictado desde el día 13 de mayo de 2011 diversas resoluciones, ordenando la práctica de diversas diligencias, pero no se ha dado concreta respuesta a las pedidas en los escritos ya referidos, por lo que interesamos que a la mayor brevedad se dicte resolución por la que o bien se ordene su práctica por estimarse necesarias, o bien se deniegue motivadamente su práctica.


Tercero.-   Igualmente, habiendo examinado el contenido de la carpeta denominada “SALDAUTO SEVILLA SAL”, interesamos la práctica  de las siguientes diligencias:

            Consta en la documentación remitida por la Consejería de Empleo  relativa a la sociedad SALDAUTO SEVILLA SAL – escrito de fecha  2 de septiembre de 2010  del Director General de Trabajo a la Agencia de Innovación  y Desarrollo de Andalucía solicitando  el pago a la Cía APRA LEVEN de 167.528 euros , de conformidad  con la Resolución  de orden  de pago de fecha  1 de septiembre de 2010  y en ejecución  de la orden de 27 de abril de 2010 por la que se formaliza  el Acuerdo  de Encomienda  con la Agencia de Innovación  y Desarrollo  de Andalucía  para la materialización  referente  a los programas  sociolaborales  y las ayudas sociales excepcionales  - folio 3-, se observa que dicho acuerdo viene a reemplazar la referencia que en escritos anteriores se recogía al convenio de 17 de julio de 2001    - escrito de la Dirección General de fecha 26/02/10 dirigido al IDEA , folio 11 –
El reseñado Acuerdo de encomienda se formaliza en la Orden de 27 de abril de 2010 de la Consejería de Empleo – BOJA  núm 90 de 11/05/2010- recogiéndose  en el apartado financiación   que las actuaciones  objeto de la encomienda  se harán con cargo a las partidas presupuestarias  :
01.15.00.01.00.476.47 31 L 7  por 52.464.366 euros
01.15.00.01.00.776.47.31 L 0  por   1.700.000 euros

Por lo expuesto , y como ampliación de nuestra petición primera recogida en nuestro escrito de fecha  13  de mayo de 2011 , se interesa :

A).- Requerir a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía para que remita , de forma ordenada y sistemática ( es decir , en primer lugar por ejercicio económico – 2010 y 2011- , dentro de cada ejercicio por materia de convenio distinguiendo dos categorías , la primera correspondiente a todos aquellos  convenios relativos a pagos de pólizas de seguros derivados de ERE o de acuerdos  individuales de extinción de puestos de trabajos – vg. SALDAUTO . SAL – distinguiendo en esta categoría a su vez  una subcategoría  con aquellas pólizas en las que figure como tomador la propia Dirección General  y , una segunda categoría relativa a los convenios derivados de cualquier otro tipo de pago a personas física jurídica  - pública o privada-  :

a)      Relación individualizada  de convenios suscritos  con IDEA  o cualquier tipo de documento soporte de pagos efectuados hasta la fecha , en aplicación del Acuerdo de encomienda formalizado por Orden de 24 de abril de 2010 , detallando : entidad o entidades  beneficiarias del pago con indicación de cuenta corriente de abono  , fecha del convenio ,  fecha de los pagos (vencimientos  ) , concepto en el cual se realiza el pago y partida presupuestaria de aplicación
b)      De forma individualizada y conforme a la relación anterior ,expediente relativo a cada una de las entidades beneficiarias de los importes recogidos en los convenios  reseñados, así como acuerdos ,convenios , protocolos de colaboración o cualquier otro documento que recoja el supuesto compromiso  de pago de la Dirección General , solicitud y documentación justificativa  presentada por el beneficiario , importe a satisfacer, calendario de pago  , finalidad del pago , cambios efectuados en los vencimientos y cantidades pagadas, comunicación a base de datos oficiales y publicidad del pago efectuado  así como cualquier actuación de control y seguimiento de la cantidad entregada, todo ello conforme al penúltimo y último párrafo del Antecedente de Hecho Segundo de la reseñada Orden
c)      Comunicación realizada a la Agencia Tributaria  de las cantidades abonadas  y entidad o persona beneficiaria , indicando  declaración ,soporte  de la misma y fecha .
d)     Actas de las Comisiones de seguimiento derivadas de los convenios suscritos conforme al apartado a) y tal como  se recoge en el punto  tercero b)  de las actuaciones a desarrollar recogidas en la Orden de 27/04/10 – BOJA 11/05/10-.

B).- Requerir a la Agencia de Innovación y Desarrollo Tecnológico  para que remita , de forma ordenada y sistemática – en el mismo sentido que la anterior -:

a) Relación individualizada  de convenios suscritos  con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social o cualquier tipo de documento soporte de pagos efectuados  hasta la fecha  en aplicación del Acuerdo de encomienda formalizado por Orden de 27/04/10 , detallando , entidad o entidades  beneficiarias del pago con indicación de cuenta corriente de abono  , fecha del convenio ,  fecha de los pagos ( vencimientos ) , concepto en el cual se realiza , partida presupuestaria de aplicación
b)Comunicación realizada a la Agencia Tributaria  de las cantidades abonadas  y entidad o persona beneficiaria , indicando  declaración ,soporte  de la misma y fecha .
c)Actas de las Comisiones de seguimiento derivadas de los convenios suscritos conforme al apartado a)  y  tal como  se recoge en el punto  tercero b)  de las actuaciones a desarrollar recogidas en la Orden de 27/04/10 – BOJA 11/05/10-.

C).- Requerir a la Intervención General de la Junta de Andalucía  para que remita cualquier informe elaborado en relación a la encomienda formalizada en Orden de 27 de abril de 2010, tanto si es objeto del mismo el IDEA como la Consejería de Empleo .

 En relación a los pagos realizados  la sociedad SALDAUTO SAL se interesa la práctica de las siguientes diligencias :

1.- Requerir a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo para que informe en relación a la documentación remitida de esta empresa sobre lo siguiente:

a) Existencia o no   de resolución , protocolo o acuerdo de ayudas concedidas por la Dirección General de Empleo  a Saldauto SAL  desde 2001 hasta la fecha y cuyo pago se haya efectuado por el IFA – posteriormente IDEA – en ejecución del Convenio de 17 de Julio de 2001  o Acuerdo de encomienda formalizado en Orden de 27/04/2010, debiendo remitir, en su caso , copia compulsada de la misma así como de su tramitación completa  - documentación aportada por la sociedad , justificación de la misma , ...-
b) Certificación relativa al  Detalle de los pagos efectuados  a SALDAUTO SAL , indicando fecha e importe.
c) Identificación de las personas que participan en la reunión celebrada el 29/11/07 ,   así como de la persona que elabora las notas obrantes a los folios 37 y 38-.
e)      Remisión del expediente al que se hace referencia en correo electrónico de fecha 19/08/2008, así como de la justificación del pago cruzado de 200.000 euros al que se hace referencia en el mismo – folio 117 -.
f)       Que informe, tras su completa filiación ,  sobre cargo , funciones e intervenciones realizadas por quien es identificado como “Ramón Díaz” -  folio 48 ( correo electrónico relativo a estudio de reestructuración de la sociedad  y apoyo económico a la sociedad desde la Dirección General , folios 86 a 89,   ( fax remitido por SALDAUTO  el 12/11/2007 relativo a visita de control  de ayuda de la Dirección General  de Economía Social  de fecha 12/12/03), folio 134 ( escrito de SALDAUTO  con datos de la plantilla) y folio 150 ( correo electrónico de fecha 17/07/08)
g)      Razón por la cual en la Dirección General de Empleo consta copias de resoluciones y expedientes  relativas a subvenciones de otra Dirección General – en concreto de Economía social – así como del IDEA – folios 481 y siguientes -.


2.- Requerir a la Intervención General  acta e informe elaborado en relación a la visita   girada a SALDAUTO SAL  el día 26 de noviembre de 2007  en el expediente  de control nº  2003085766 relativo a subvención de 450.000 euros  concedida por la Dirección General de Economía Social de la Consejería  de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía – folio 87 -, así como cualquier otro informe elaborado en dicho expediente.

3.- Requerir de la Dirección General de Economía social de la Consejería de empleo expediente relativo a la subvención concedida a SALDAUTO SAL    de 450.000 euros  por Resolución de fecha  12/12/2003, en particular del procedimiento de reintegro  , debiendo indicar importe y fecha de los reintegros efectuados por la reseñada sociedad.

 4.- Requerir a la representación de la sociedad SALDAUTO SAL para que aporte la siguiente documentación :
-. Información facilitada a las Cías de Seguro y mediadoras relativa a los trabajadores beneficiarios de la póliza  de renta de supervivencia  nº 3603 suscrita con APRA LEVEN
-. Detalle de subvenciones , ayudas o ingresos percibidos desde 2001 , reseñando fecha , importe, organismo concedente.

5.- Oficiar al Registro mercantil de Sevilla para que remita  Cuentas anuales e informe de auditoria de la sociedad SALDAUTO SAL – A41266537-.  desde el ejercicio 2005.

6.- Requerir a la representación de  Vitalia Vida SA para que aporte documentación recibida – indicando procedencia – para elaborar las propuestas  de cálculo de prima obrante a los folios 122,142,143,146 y 148, así como para que informe sobre si se ha producido “ extorno de prima “ a su favor conforme a la cláusula se contiene  en los certificados individuales de la prima suscrita con APRA LEVEN  .- p.e. folio 1942 de las actuaciones , Tomo V   , relativa a Francisco de Paula  Hernández- y en las  condiciones particulares  del seguro colectivo suscrito  

7.- Que se oficie a la Agencia de Innovación y Desarrollo económico  de Andalucía para que remita copia compulsada del  expediente completo de la ayuda  de 300.664,59 euros  concedida  SALDAUTO SAL .- A41266537-, según escrito de fecha  28/03/2005 – folio  304-

8.- Sin perjuicio de las diligencias ya interesadas por este Ministerio público , que se oficie a la Agencia Tributaria para que informe de los ingresos percibidos y declarados por SALDAUTO SAL – A41266537 – desde el ejercicio 2003, desglosando la procedencia de los mismos  , así como que informe de la titularidad de la cuenta  2098 / 0198//50/0372002313  ( cuenta a la cual se ordena transferir  por la Dirección General de Trabajo a IDEA la cantidad de 200.000 euros  “ a favor  del convenio SALDAUTO  SEVILLA SAL “ , según escrito de fecha 31/07/08 , folio 161) . Consta en folio 919 y 920  de las actuaciones que a dicha cuenta se transfiere la cantidad de 200.000 euros  en concepto de subvención directa a SALDAUTO SEVILLA SAL  en virtud de convenio de 28/07/2008  entre la Dirección General de Trabajo y el IDEA   Se interesa que se oficie a la entidad para que remita extracto de la misma desde  julio de  2008 hasta diciembre de 2008
Con el mismo objeto se interesa que la Agencia tributaria informe en relación a Francisco de Paula Hernández Dianez  -DNI  8.757..186 M -, Rafael Rodríguez Fuentes – DNI 80.116.375S- y Antonio González Pérez – DNI 30.449.483J-( personas aseguradas que nunca han trabajado en SALDAUTO SEVILLA SAL)  sobre :

-. Ingresos percibidos desde 2008 , desglosando el tipo ( renta del trabajo , renta de capital , incremento de patrimonio ,..)  y su procedencia
-. Cuentas bancarias o cualquier otro tipo de activo financiero   en las que figuren como persona titular – mancomunada o de forma solidaria -.

A la vista de la documentación anterior , y al objeto de practicar averiguaciones sobre la aplicación dada a las cuantías percibidas derivadas de la póliza suscrita por SALDAUTO SAL , que se oficie a las entidades de crédito para que remitan extracto de movimiento  desde 2008.

9.- Que , con el objeto de comprobar su vinculación con la empresa así como si en fecha posterior a su relación laboral con SALDAUTO SEVILLA SAL  han trabajado , se recabe vida laboral de todos  los asegurados en la póliza  3603 suscrita con APRA LEVEN conforme al anexo obrante al folio 918 de las actuaciones, Tomo III- consta en las actuaciones las relativas a los denominados “ intrusos”-.
 
10.- Derivadas y pertinentes.


                                               En Sevilla , a   2 de Junio de 2011
                                                           El Fiscal Delegado



Fdo. Juan Enrique Egocheaga Cabello    Fdo. Manuel Fernandez Guerra