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24 dic 2011

Verdad y periodismo

El sagrado deber de un periodista es contrastar las noticias, escuchar las dos partes. Mentir es pecado mortal en esta profesión, e inducir a otros a mentir es miserable. Creo que se acaba de abrir un debate muy serio en el periodismo gaditano a raíz de la sentencia emitida por el Juzgado de Instrucción Número 4 de Cádiz. El presidente de la Asociación de la Prensa de Cádiz, Fernando Santiago Muñoz, ha sido condenado por una falta de injurias y vejaciones leves contra el ex trabajador de Delphi Manuel Cádiz Temblador. Ese incidente, que tenía un trasfondo nunca bien explicado por las razones que sean, provocó reacciones de apoyo a Santiago y la libertad de expresión que dieron la vuelta a España. Pero las cosas no eran del todo como se contaron. Y eso nos debe hacer reflexionar a todos muy profundamente. Y primero a Fernando Santiago y a quienes creyeron su versión sin rechistar.

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Cádiz, Laura del Río, considera probado que Santiago atribuyó a Manuel Cádiz un intento de agresión e insultos contra su persona que no llegaron a producirse. Dicen hoy los cuatro sindicatos que representan al colectivo de ex trabajadores de Delphi (CCOO, UGT, USO y CGT): "No es ético hacer pasar por un conflicto de este colectivo, lo que no fue sino un enfrentamiento privado relativo a la vida personal y familiar. Condenamos cualquier forma de violencia, como hemos hecho siempre, pero quien se envuelve en la bandera del conflicto social, disfrazando así un problema personal, esta enmascarando la verdad, que es la que nos debe presidir a todos y, muy especialmente, a ese dignísimo oficio de periodista".  Si os interesa este asunto he seleccionado varios enlaces para que, una vez leídos, os forméis una idea de la gravedad de lo ocurrido. 

La versión ofrecida por EL PAÍS (21 de enero de 2011)

12 abr 2011

Cuestión de libertad

La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.

En la Constitución Española hay dos artículos esenciales:

Artículo 16.
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin mas limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Artículo 20.
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

P.D: (Si alguien quiere leer la Constitución la tiene aquí)

1 may 2010

¿Lo sabe Pepe Barroso?

"Amnistía Internacional" ha pedido a las autoridades cubanas que revoquen las "leyes" que restringen la libertad de expresión, de reunión y de asociación y que liberen a todos los disidentes detenidos injustamente. "Las leyes cubanas imponen límites inaceptables sobre el derecho a la libertad de expresión, de asociación y de reunión –afirma Kerrie Howard, directora adjunta del Programa Regional de Amnistía Internacional para América–. Cuba necesita desesperadamente reformas políticas y jurídicas para estar en consonancia con las principales normas internacionales de derechos humanos”. “El encarcelamiento prolongado de personas sólo por ejercer sus derechos de manera pacífica es una tragedia en sí mismo y un escollo para otras reformas, como el inicio del diálogo necesario para el levantamiento del embargo unilateral estadounidense contra Cuba”, según Kerrie Howard. Me pregunto si nuestras autoridades, con esos fastos que preparan para el Bicentenario, se habrán acordado de que la libertad de expresión está seriamente amenazada en países de habla hispana como Cuba.

Varios artículos de la Constitución y el Código Penal cubanos son tan imprecisos que en la práctica su interpretación actual vulnera libertades fundamentales. Así, el artículo 91 del Código Penal cubano dispone penas de 10 a 20 años de prisión o pena de muerte para quien, “en interés de un Estado extranjero, ejecute un hecho con el objeto de que sufra detrimento la independencia del Estado cubano o la integridad de su territorio”.

Con arreglo al artículo 72, “[se] considera estado peligroso la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista”, y el artículo 75.1 dispone que cualquier agente podrá hacer una advertencia oficial sobre dicha “peligrosidad”. Es posible declarar sumariamente el estado peligroso predelictivo, y también hacer una advertencia oficial a alguien por asociarse con una “persona peligrosa”.

La Ley 88 de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba dispone penas de entre 7 y 15 años por entregar información a Estados Unidos susceptible de ser utilizada para reforzar las medidas anticubanas, como el bloqueo económico estadounidense. La legislación también prohíbe acumular, reproducir o difundir “material de carácter subversivo” del gobierno estadounidense, y propone penas de hasta cinco años de cárcel por colaborar con emisoras de radio o televisión o publicaciones que se considere que favorecen la política estadounidense.
Las ONG locales tienen enormes dificultades para informar sobre las violaciones de derechos humanos debido a las restricciones de su derecho a la libertad de expresión, de asociación y de circulación. Amnistía Internacional y otras organizaciones internacionales de derechos humanos independientes no tienen autorización para visitar la isla.

En 2006, miembros del grupo Bahía de Cádiz de Amnistía Internacional (AI) y de la Asociación de la Prensa de Cádiz (APC) se dirigió al Presidente de Cuba Fidel Castro al conocer la situación en la que se encontraban Ricardo González Alonso, periodista con serios problemas de salud, así como de otras personas consideradas como presos de conciencia.
Entre estas personas se encontraban entonces Pablo Pacheco Ávila, encarcelado en Ciego de Ávila; Fabio Prieto Llorente, periodista preso en Pinar del Río; Alfredo Manuel Pulido Lópe, periodista, miembro del Movimiento Cristiano de Liberación, en la prisión de Camagüey; Omar Rodríguez Saludes, periodista y fotógrafo, en la cárcel de Matanzos; Omar Moisés Ruiz Hernández, periodista, en la prisión de Ciego de Ávila; Víctor Rolando Arroyo Carmona, periodista y bibliotecario, miembro de la Unión de Periodistas y Escritores Cubanos Independientes (UPECI), preso en Pinar del Río; Iván Hernández Carrillo, periodista preso en la cárcel Cuba Sí. Todos cumplían, y creemos que aún cumplen, penas de entre 18 y 25 años, por aplicación de la Ley 88, o bien del artículo 91 del Código Penal. La mayoría presentaba problemas de salud, en algunos casos de bastante gravedad ya entonces.

Me pregunto si Miguel Bosé, Willy Toledo, Pedro Almodóvar o el alcalde de Puerto Real, Pepe Barroso, se sumarán a estas peticiones de Aministía Internacional.

20 sept 2008

El foro de Puente Chico: los límites de la libertad de expresión


Internet es transparente, permeable, nadie puede actuar impunemente en la red a no ser que sea un hacker de cinco estrellas. El resto del personal cree que usando un nick o, simplemente, falseando un nombre (hay imbéciles -ya localizados perfectamente- que han usado el nombre popular de un conocido periodista en los comentarios de Diario de Cádiz y La Voz) ya pueden decir lo que deseen. Pues no. Hay límites, los que impone la Constitución y, sobre todo, las mínimas normas de cortesía y educación que se deben dar en los foros de opinión. Hay que ser inteligentes en la redacción, no faltar a la verdad y no insultar. Recordemos aquellos censores de la dictadura burlados por insignes plumillas haciendo uso del castellano. Recuperemos las formas, se puede decir mucho sin agredir. Y lo del foro de Puente Chico se está pasando de castaño oscuro, un poquito de por favor. Y pasa lo que pasa, que todo se sabe.

1 nov 2007

Proceso a dos periodistas


Reproduzco, por su interés, el comentario que inserta el periodista andaluz Pepe Fernández, en su veterano blog. Se refiere a dos personas a las que aprecio, con las que ahora no trabajo, pero que siempre han mostrado un respeto absoluto por mi labor como periodista y nunca han primado otros intereses por encima de los legítimos. El día 19, si me es posible, pienso estar con ellos mostrándole mi solidaridad y apoyo personal porque lo merecen y porque siempre me han apoyado en los momentos difíciles, cuando la bestia atacaba. Quien tiene boca se equivoca y cuando todos los días se está en el filo la navaja pasa lo que pasa. Os animo a aquellos que tengáis conciencia a que lanzemos un mensaje de apoyo a Paco Rosell y a Javier Caraballo de EL MUNDO DE ANDALUCIA.
Cualquier día, cuando os pase a vosotros (el camino de la libertad de información está espinado en Andalucía) seguro que os acordaréis de vuestra ausencia. Es el 19 de noviembre y Chaves debería haber retirado esa acción judicial, haberlo dirimido todo en el terreno de la confrontación dialéctica, del diálogo, con los jueces por medio las cosas son y serán de otro modo. Ya no hay marcha atrás. Ahora bien, si ellos pierden tendrán que pagar, pero si Chaves pierde ¿dimitirá? He intentado hablar con Paco en las últimas horas, sin éxito por el día festivo supongo, pero para algo está este blog, que él lee. Esperamos un rápido comunicado del presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones de la Prensa, Fernando Santiago.

PODER Y PERIODISTAS
"Algo falla en el sistema cuando los periodistas, notarios habituales de cuanto acontece a nuestro alrededor, nos convertimos en protagonistas de la noticia. El próximo 19 de noviembre, dos periodistas andaluces, Francisco Rosell y Javier Caraballo, se sentarán en el banquillo de la Audiencia de Sevilla tras haber tenido que depositar escandalosas fianzas millonarias por orden judicial. Les denunció en su día la cúpula del PSOE-A, con Manuel Chaves al frente, por la publicación en El Mundo del supuesto caso de espionaje al presidente de la Caja San Fernando, Juan Manuel Lopez Benjumea, también imputado. Un proceso de alto voltaje político del que sorprenden dos cuestiones. Por un lado que el objetivo que un día me confesó Chaves, imputar al ex delegado del Gobierno del PP, no se va a cumplir. El alcalde de Granada no está ni mencionado en el sumario. Y sorprende, también, la escasa o nula solidaridad profesional que, hasta ahora, han recibido los colegas, dándose la paradoja de que el máximo representante de los periodistas andaluces aplaudió su procesamiento desde El País".